ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL PAÍS VASCO

Lun, 07/09/2020 - 09:35
LEHENDAKARITZA
 

- DECRETO 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

La Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, atribuye al Lehendakari la facultad de crear y de extinguir departamentos, así como de determinar la denominación y la distribución de competencias entre los mismos.

Una vez presentadas en el Parlamento las líneas generales del Programa de Gobierno, es preciso realizar una adecuación de la estructura departamental aprobada para la pasada legislatura, por el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, y su modificación, de forma que se establezca una transición ordenada que garantice la continuidad de la labor político-administrativa.

La Administración de la Comunidad Autónoma se organiza en los siguientes departamentos:

 

a) Seguridad.

b) Trabajo y Empleo.

c) Gobernanza Pública y Autogobierno.

d) Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

e) Economía y Hacienda.

f) Educación.

g) Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

h) Salud.

i) Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

j) Cultura y Política Lingüística.

k) Turismo, Comercio y Consumo.

 

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