SABÍA QUE ........

Vie, 21/10/2022 - 09:33

 

ORGANIZACIÓN INTERNA DE LOS MINISTERIOS

 

        En los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado, y Secretarías Generales, para la gestión de un sector de actividad administraiva. De ellas dependerán jerárquicamente los órganos directivos que se les adscriban.

        Los Ministerios contarán, en todo caso, con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes del ministerio.

        Las Direcciones Generales son los órganos de gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas.

        Éstas se organizan en Subdirecciones Generales para la distribución de las competencias encomendadas a aquéllas, la realización de las actividades que les son propias y la asignación de objetivos y responsabilidades. Sin perjuicio de lo anterior, podrán adscribirse directamente Subdirecciones Generales a otros órganos directivos de mayor nivel o a órganos superiores del Ministerio.

 

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